Secretaría Distrital de Integración Social

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Defensor de la Ciudadanía

 

 

 

La Doctora Marcela María Medina Avella, Defensora de la Ciudadanía, representa la figura creada por el Gobierno Distrital, que se adopta en la Secretaria de Integración Social (SDIS) por medio de la Resolución 1107 de Agosto 05 de 2021. A través de Ella se busca la efectiva protección de los derechos de los ciudadanos y ciudadanas que hacen uso de los servicios prestados por esta Entidad. Dicha protección se traduce en la solución que el (la) Defensor(a) realice de las controversias (no judiciales) que puedan originarse entre los (as) ciudadanos(as) y la SDIS por la prestación de un determinado servicio.

Defensor del Ciudadano

Línea: 3 80 83 30 

y/o 380 83 31 Ext. 32302

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¿Quién Ejerce la Figura del Defensor(a) del Ciudadano en la SDIS?

De acuerdo al del Decreto 847 de 2019, en todas las entidades y organismos del Distrito se deberá implementar la figura del Defensor de la Ciudadanía, a través de la designación de un servidor público.​

En la SDIS, la Defensora del Ciudadano es la Dra. Marcela Medina Avella, quien fue designada mediante resolución 1107 de agosto 05 de 2021.​

A través de ella se busca la efectiva protección de los derechos de los ciudadanos y ciudadanas que hacen uso de los servicios prestados por esta Entidad.

Dicha protección se traduce en la solución que el (la) Defensor(a) realice de las controversias, no judiciales, que puedan originarse entre los (as) ciudadanos(as) y la SDIS por la prestación de un determinado servicio.

​¿Cuáles son las Funciones del Defensor(a) de la Ciudadanía?

  1. Ser vocero(a) de los ciudadanos y ciudadanas ante la Secretaría Distrital de Integración Social, para la protección de sus derechos.
  2. Realizar seguimiento a la implementación de la Política Pública Distrital de Servicio a la Ciudadanía.
  3. Velar por la disposición de los recursos necesarios para la prestación del servicio y atención a la ciudadanía de acuerdo con lo establecido en la Política Pública Distrital de Servicio a la Ciudadanía, con el propósito de posicionar el Servicio Integral de Atención a la Ciudadanía – SIAC – de la Secretaría Distrital de Integración Social.​
  4. Velar y adoptar medidas necesarias que garanticen respuestas oportunas y de fondo a los ​requerimientos de la ciudadanía.
  5. Realizar el seguimiento estratégico al componente de atención a la ciudadanía, planes ​de mejoramiento y acciones formuladas para fortalecer el servicio a la ciudadanía de la Secretaría ​Distrital de Integración Social.​
  6. Velar por el cumplimiento de la normatividad vigente en el desarrollo de los trámites o servicios que presta la Secretaría Distrital de Integración Social.​
  7. Solicitar a las dependencias de la Secretaría Distrital de Integración Social y a los ciudadanos la información que sea necesaria para atender los requerimientos que sean de su competencia.​
  8. Dar respuesta dentro de los términos señalados por la ley sobre el trámite de los requerimientos de la ciudadanía en la entidad, cuando éstos sean tramitados por el (la) Defensor (a) de la Ciudadanía.
  9. Dar respuesta dentro de los términos señalados por la ley sobre el trámite de los requerimientos de la ciudadanía en la entidad, cuando éstos sean tramitados por el (la) Defensor (a) de la Ciudadanía.
  10. Presentar un informe de gestión semestral que será entregado al representante legal de la entidad; dicho informe deberá contener como mínimo:
    1. Número de requerimientos recibidos, con expresión de prácticas indebidas detectadas.​
    2. Número de requerimientos tramitados, indicando el estado en que se encuentran a la fecha del informe.​
    3. Recomendaciones y sugerencias encaminadas a facilitar y mejorar ​ las relaciones entre la Secretaría ​ Distrital de Integración Social ​ (SDIS) y los ciudadanos ​ y ciudadanas.​
    4. d) Cualquier otro dato o información que pueda considerarse de interés público.​
  11. Llevar el archivo de las quejas presentadas, la documentación soporte y velar por la reserva, custodia y confidencialidad de la información.​
  12. Coordinar con la Oficina Asesora de Comunicaciones de la Secretaría Distrital de Integración Social la publicación de aquellas decisiones que considere convenientes, dado su interés general, manteniendo la reserva y confidencialidad de la información. ​
  13. Las demás que se requieran para el ejercicio eficiente de la función asignada​.

¿En qué casos el ciudadano debe acudir a la figura del  Defensor(a)  del Ciudadano?

  1. Cuando el ciudadano presenta una petición, queja o reclamo y no hay respuesta o la respuesta es incompleta por parte de la SDIS.
  2. Cuando el ciudadano recibe un trato inadecuado por parte del servidor público y/o prestador del servicio social.
  3. Cuando el ciudadano remite peticiones, felicitaciones y propuestas a la Secretaría.

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